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Configurados en terminología legal como “otros derechos de Propiedad Intelectual”, los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes se constituyen como los auténticos y genuinos compañeros de viaje de los derechos de autor.

Esos otros derechos de propiedad intelectual, con un contenido muy heterodoxo al integrar asimismo a los derechos de los productores de fonogramas, de grabaciones audiovisuales, de entidades de radiodifusión, etc.., se les viene a categorizar como derechos conexos o afines a los derechos de autor, dentro de los los cuales, los derechos de los artistas van a ocupar una posición de preeminencia.

El estatuto jurídico de los artistas es el que más se aproxima a los autores, incluso reconociéndoseles determinados derechos morales, razón por la cual, tras los autores, los artistas van a ocupar el segundo nivel de los productos y servicios que llevan aparejados derechos de propiedad intelectual. De la materia prima creada por los autores (obras) los intérpretes le darán forma a través de sus ejecuciones, y de esta forma crearán un producto que será utilizado asimismo por otros titulares de derechos conexos: los productores de fonogramas, los productores audiovisuales y las entidades de radiodifusión. Se conforma así una cadena de producción de valor en el que cada titular utilizará productos de otro que a su vez devengarán derechos propios.

De esta forma se extrae claramente como de la materia prima principal, las obras de creación de los autores, se ve ejecutada y trabajada por los Artistas que se encargan de dar forma a esa materia, interpretando las obras que crean los primeros, naciendo así una relación de conexión, vecindad o afinidad. Unos y otros se necesitan para poder coexistir, los autores de los artistas, y viceversa, los productores de los autores y de los intérpretes. Se ocasiona un vínculo o ligamen entre la obra y la interpretación y entre esta y el fonograma o la grabación audiovisual.

Los derechos de los artistas están modelados siguiendo el patrón de los derechos de autor, siendo el bien inmaterial protegido (corpus mysticum) la propia prestación o interpretación artística.

De dicho bien inmaterial el artista goza de un haz de facultades o prerrogativas: los derechos de explotación y por ende su única y exclusiva capacidad y legitimidad para poder explotarlos como titular de una propiedad.

El artista desarrolla una labor intelectual que involucra importantes aspectos de su personalidad, y sobre todo de su propia imagen. No obstante la ley no le otorga una naturaleza autoral a su prestación, por ello los engloba dentro de la categoría de otros derechos, si bien otorgándoles una posición de liderazgo respecto al resto. La naturaleza no autoral de la labor de los artistas ha sido y sigue siendo una cuestión de discusión doctrinal, aunque si bien habrá que quedarse con que su labor intelectual (fuera de toda duda) es de distinta naturaleza de la de los autores. Unos crean y otros interpretan. El artista necesita siempre de una obra previa que interpretar, recurriendo eso sí a su técnica, talento y sensibilidad, pero no creará una obra, sino una prestación o interpretación de naturaleza intelectual que quedará también protegida con su particular estatuto jurídico.

De justicia va a ser resaltar la contribución determinante que realiza el artista en la difusión, propagación y divulgación de las obras ante el público, cuestión que objetivamente tiene en cuanta la legislación para otorgar al mismo la protección y derechos de los que hoy dispone.

El desarrollo tecnológico fue provocando que la propiedad intelectual se desarrollara de forma diferente según los avances que afectaban a cada una de las potenciales tipologías de creaciones y prestaciones: la fotografía, el cine, los fonogramas o la propia radiodifusión.

Ya bien entrado el siglo XX, con la aparición de los medios técnicos que pudieron convertir en durable lo que en esencia era efímero, es cuando empiezan a cobrar forma los derechos de los artistas derivados de sus actuaciones, y ello debido simplemente a la posibilidad de poder fijar sus actuaciones a través de un medio o soporte determinado. De ahí precisamente deviene la gran importancia que ostenta la fijación de las actuaciones para los artistas. El derecho de fijación constituye un derecho de explotación autónomo de los artistas, y se convierte en el pilar fundamental sobre el que descansará el ejercicio posterior de todos sus derechos, los cuales nacerán y se devengarán posteriormente a dicha fijación.

Los artistas se erigen en legítimos titulares de sus derechos patrimoniales a partir del momento de realizarse la fijación de la interpretación, la cual en todo caso deberá ser previamente autorizada por escrito por los artistas que en ella intervengan.

Joaquín Soler Cataluña

Letrado asesor jurídico CESM

La Confederación Española de Sociedades Musicales ha colaborado con la Asociación Española de Tubas y Bombardinos (AETYB) en el Festival AETYB Madrid 2018 – Super Regional ITEA que se está celebrando en el Real Conservatorio Superior de Música de Madrid, que se celebra desde el 20 al 25 de julio

La colaboración ha consistido en una ponencia sobre Propiedad Intelectual y Fiscalidad para músicos

La Ponencia ha sido impartida por Ximo Soler de Whose IP y Luis Vidal de Carrau Corporación, ambos ponentes especialistas en su campo

La Ponencia fue impartida por Ximo Soles de Whose IP y por Luis Vidal de Carrau Corporación.

Dentro del objetivo de la CESM de colaborar con todas las Asociaciones de Profesionales y entidades relacionadas con el mundo musical, este pasado sábado, se impartió un Ponencia sobre Propiedad Intelectual y Fiscalidad para Músicos, tanto profesionales como futuros profesionales.

 

DESCARGAR PONENCIA

ARTISTAS PARTICIPANTES

La lista de artistas para el Festival AETYB Madrid 2018 se irá llenando a medida que pasen las semanas. No dudes en consultarla periódicamente para ver las novedades.

 TUBA: 

Øystein Baadsvik (Noruega), Sergio Rey, Jonathan Vázquez, David López (Colombia), Oscar Abella, Sébastien Perez (Francia), Angel Torres, Iván Ortega, David Muñoz, Scott Roeder (Estados Unidos), Vicente Castelló, Chiaki Mawatari (Japón), Jose Vicente Climent, Deanna Swoboda (Estados Unidos), Pedro Sucías, Andy Smith (Estados Unidos), Eduardo Nogueroles, Manuel Dávila, Tomás Alemany (Mexico), Harold Hernández (Cuba), Pablo Fernández, David Earll (Estados Unidos), David Sanz, Olivia Casas, Henrique Costa (Portugal), Sergio Linares, Ismael Cantos, Ken Drobnak (Estados Unidos), Miguel Moreno, Patricio Cosentino (Argentina), José Manuel Redondo, Kevin Wass (ITEA President – Estados Unidos), José Luís Martín, David Llácer, Vicente Cremades, Walter R. Stormont, Sergio Finca, Chris Vivio (Estados Unidos), Chris Combest (USA), Jesús Navas, Avital Handler (Israel), Haim Mazar (Israel), Vicente Pascual, Pedro Castaño, Jonathan Sevilla, Ricardo Carvalhoso, Javier Castaño,  Will Druiet, Andreas Hofmeir, etc.

 BOMBARDINO

Patrick Wibart (Francia), Robert Benton (Estados Unidos), José Luís Bueno, Bente Illevold (Noruega), Luís Javier Zenner, Víctor Cardeñosa, Francisco Pavón, Corentin Morvan (Francia), Luis Miguel Jiménez, Jose Antonio Mira, Vianney Desplantes (Francia), Juan Francisco Aranega, Vicent Blasco, David Quilez, Jean Daufresne (Francia), Josep Burguera, Ignacio Fernández, Danielle VanTuinen (Estados Unidos), Misa Mead (Japón), Mari Carmen Luz, Pablo Dopazo, David Childs (Inglaterra), Ramón Gómez, Sergio Casas, Drew Bonner (Estados Unidos), Alberto Pons, Matt Tropman (Estados Unidos), Brian Bowman (Estados Unidos), Pablo Martínez del Cerro, Pablo Domínguez, José Luís Sellés, etc.

 GRUPOS:

Ensemble de Tubas y Bombardinos del RCSMM, Willson International Low Brass Quintet, Ensemble duo, Paul Stocker Trio, Duet Sintagma, Tubafussion Quartet, Bessel Brass, The University of Texas Rio Grande Valley Tuba Euphonium Ensemble, Three Brass, Vega Baja Low Brass, Spanish Tuba Quartet, Moreau|VanTuinen Duo, St. Louis Jazz Band, Ensemble AETYB, Opus 333, Zyryab Euphonium Quartet, RCA, QuarTubass, FivE Quartet, And the Brass, Israel Tuba Dúo (Israel), Aula de Tuba del Conservatorio Teresa Berganza, etc.

 OTROS

Belén Ramiro, Brass School, Miguel Galdón, Sara Magán, Jordi Albert, Ximo Soler, Luís Vidal, Pedro Martín, etc.

 EXPOSITORES

Buffet Group (B&S, Melton, Besson), Miraphone, Adams, Willson, Consolat de Mar, Wessex, Cerveny, Gara, Alexander, Protec, Aitana Músic, Sanganxa, Branfor, Metall i Fusta, Low Brass Store, Viento y Música, Erviti, La Musa, TodoNotas, Conn, etc.

 OTROS COLABORADORES: 

Tot Per l’Aire, Opera Prima, Spanish Brass, Grupo Quilez, Caja Rural Villar, Banda Municipal Alicante, Stomvi, Concurso Nacional de Tuba Ciudad de La Vila Joiosa, Música Maestro, Brass Herald, Real Conservatorio Superior de Música de Madrid, Instituto Nacional de Artes Escénicas y Música INAEM, Comunidad de Madrid, Asociación de Intérpretes y Ejecutantes AIE, Ayuntamiento de Madrid, Banda Sinfónica Municipal de Madrid, International Tuba and Euphonium Association ITEA, Confederacion Española de Sociedades Musicales, El Creata, Sala Nubel del Museo Reina Sofía, Banda de Villarejo de Salvanes, Banda de la Federacion Regional de la Comunidad Autónoma de Madrid, etc. 

 CONCURSO AETYB 2018

 El CONCURSO AETYB 2018 se realizará los dias 21, 22 y 23 de Julio, dentro de las actividades del FESTIVAL AETYB MADRID 2018, y la inscripción al mismo se realizará junto a la inscripción al Festival antes del 15 de Junio de 2018.

 Hay seis categorías, según el instrumento y la edad de los aspirantes, y numerosos premios para repartir entre los ganadores de cada categoría.

 Para formar los jurados del Concurso, contaremos  con los más prestigiosos tubas y bombardinos de nuestro país, asi como con afamados artistas internacionales.

 EXPOSICIONES

 El Festival AETYB sería inviable sin la participación de las marcas fabricantes de instrumentos, las distribuidoras, las tiendas de música y las editoriales

Los dias 23, 24 y 25 de Julio nuestros colaboradores estarán en el Festival exponiendo sus instrumentos, accesorios y partituras, para que podamos visitarles y ver las últimas novedades del sector.