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La publicación del Real Decreto de la Consellería de Educación que ordenará la transferencia de los conservatorios de Música y Artes Escénicas Municipales a la red de conservatorios de la Generalitat Valenciana es inminente.

Esta ordenación supondrá muchos beneficios para el sistema desde distintos aspectos como saben los educadores.

Todo esto está muy bien pero hurguemos en materia de personal ¿qué pasará con los profesores que ocupan en régimen de interinidad desde hace años las plazas estructurales? No se sabe a ciencia cierta. Vamos a dar algunas predicciones a la vista de los borradores que circulan por las mesas de los despachos profesionales.

Cada conservatorio pasará a formar parte de la red de la Generalitat Valenciana a través de un convenio interadministrativo, es decir, un acuerdo entre Consellería y Ayuntamiento que regulará el cambio de administración competente. Se establecerá un período transitorio para que las entidades locales corrijan las deficiencias de nombramiento y contratación de su personal interino y, en dicho lapso de tiempo. Los profesores dependerán del ayuntamiento como empleador en el ínterin. La administración saliente, en beneficio de su municipio, puede y debe convocar las plazas a través de un proceso de estabilización de los empleos al amparo de la normativa vigente y de la jurisprudencia comunitaria. ¿Cómo hacerlo? Desde un punto de vista decimonónico, el sistema a emplear es el de concurso oposición según establece la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público vigente. Pero dicho modus operandi es retrógrado o, cuanto menos, obsoleto, porque obliga a los empleados públicos con una experiencia y capacidad contrastadas a un examen para músicos que poco o nada tiene que ver con la enseñanza de la disciplina y sus frutos.

Desde foros doctrinales y jurisprudenciales actuales, se destaca el inapropiado resultado derivado de estos exámenes en los que se aparta a profesores con cinco, diez, quince o más años de experiencia profesional contrastada en educación por reproductores de temas y grandes aprendices de músico – incluso virtuosos – pero, en muchos casos, sin ninguna experiencia laboral en la enseñanza. ¿Es esto  deseable en el siglo XXI? No, es ineficiente. Existen fórmulas para consolidar las plazas sin necesidad de establecer un procedimiento abierto de entrada. Se trata de conceder un par de oportunidades al profesor interino para que alcance su plaza si la merece. Y como he expresado, no sólo es para sancionar la desidia en la convocatoria de plazas o la sanción a la administración empleadora e incumplidora, que lo es, sino lo es para no perder a personal de tan alta cualificación. Y lo dicho lo traslado por analogía a mis profesores interinos que ya están en la red de la Consellería, que tienen una experiencia contrastada y pierden sus puestos por lo mismo, por un concurso oposición que los aparta, normalmente, en favor de educadores inexpertos.

¿Ocurriría en el sector privado? Contéstense ustedes mismos.

José Ramón Llopis Cotanda

Abogado

Carrau Corporación