Dirección General del Instituto de la Juventud por la que se convocan las Ayudas para la Creación Joven 2018/2019

Abierta la convocatoria hasta el 9 de julio.

Primero. Beneficiarios:

Personas físicas y jurídicas, mayores de edad, de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España, que no superen los 30 años de edad, en los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores, o los 35 años en los supuestos de Emprendimiento para la creación emergente y Sala Amadís del Instituto de la Juventud, el día 31 de diciembre del año 2018, y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de las ayudas, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Las personas que hayan sido premiadas o seleccionadas en anteriores convocatorias de Premios Injuve para la Creación Joven no podrán solicitar ayuda para proyectos de los supuestos de Producción de obra y Movilidad de obra producida y/o creadores.

Las personas beneficiarias de Ayudas Injuve para la Creación Joven en
anteriores convocatorias no podrán solicitar ayuda para proyectos que se
encuadren dentro de la misma línea de actuación por la que han sido beneficiarias.

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA

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