Cada año los espacios verdes de la ciudad se llenan de música gracias al tradicional festival “Música en los parques”.

Este ciclo de conciertos veraniegos nació hace más de quince años con el objetivo de acercar la música de calidad a todos los públicos y fomentar la presencia de los jóvenes intérpretes.

A la vez, pretende potenciar las posibilidades de los parques como espacios de convivencia y ocio también durante los atardeceres y noches de verano.

Ayuntamiento de Barcelona, Nou Barris. 25/03/2019

La convocatoria de selección de jóvenes intérpretes de clásica y jazz para el ciclo “Música en los Parques 2019” está abierta a cualquier tipo de formación hasta un máximo de cuatro músicos, desde solistas, hasta cuartetos. Puedes ser cantante o intérprete de cualquier instrumento. Todos los músicos tienen que ser mayores de 16 años y menores de 35 años en el periodo de duración del ciclo (nacidos entre el 1 de junio de 1984 y el 1 de junio de 2003).

Las formaciones seleccionadas en ediciones anteriores solo pueden presentar una propuesta con un nuevo repertorio. Los conciertos se celebrarán de lunes a viernes, durante los meses de junio, julio y agosto, en los parques y jardines de Barcelona.

¿Qué hay que presentar?

  1. Hoja de presentación en que se tiene que hacer constar, de manera clara, la información siguiente: nombre del artista o formación; datos de contacto de la persona responsable del artista o formación (nombre, dirección, dirección electrónica, teléfonos de contacto) y la relación ordenada de documentos que se aporten, incluyendo el nombre y el autor de cada una de las tres piezas de la grabación.
  2. Currículum del artista o formación y de cada uno de los músicos que la componen y que llevarán a cabo las actuaciones.
  3. Copia del DNI, NIE o pasaporte de cada uno de los músicos.
  4. Repertorio que se interpretará, en directo, de una hora de duración y sin intermedio.
  5. Grabación en formato digital de al menos 10 minutos de duración, exclusivamente en video, de la interpretación en directo (no videoclip), de un mínimo de tres piezas del repertorio interpretadas por la misma formación que se presenta, sin variación de los componentes.

La propuesta será válida solo si se presenta toda la documentación requerida. La documentación de los puntos 1, 2 y 4 se tiene que librar en formato PDF.

Fecha límite de presentación: Hasta el 30 de abril de 2019, a las 14 h.

Resultado de la selección: Lunes, 20 de mayo de 2019, en la web de Ecología Urbana.

Información:

Para cualquier aclaración e información complementaria, visita http://ajuntament.barcelona.cat/ecologiaurbana o bien contacta a musicaparcs@bcn.cat.

Este certamen de conciertos de verano gratuitos en los jardines y parques de la ciudad, organizado por el Ayuntamiento de Barcelona con la colaboración de los distritos y otras entidades municipales, incluye diferentes estilos de música, como clásica y jazz, entre otros. El ciclo se inicia con un concierto de apertura en el mes de junio, y ofrece conciertos cada semana hasta finales de agosto, con un concierto de conclusión.

Música en los Parques 2018

La anterior edición del ciclo Música en los Parques 2018 contó con 14.100 asistentes que disfrutaron de los 49 conciertos ofrecidos de diferentes estilos, como por ejemplo música clásica, jazz, blues, formaciones corales y formaciones de escuelas de música u orquestas en varios parques y jardines de la ciudad.

También participaron escuelas de música municipales, con la voluntad de destacar su tarea educativa, ya que forman a gran parte de los músicos que en el futuro pasarán a estudios musicales superiores.

Para dar a conocer mejor los beneficios sociales y ambientales de los parques y jardines, se hicieron visitas guiadas previas a los conciertos, una en cada distrito, con explicaciones sobre la historia, la biodiversidad y también las peculiaridades de estos espacios. Alrededor de 400 personas pudieron descubrir y disfrutar de estas actividades guiadas.

Cartel de la convocatoria en Catalán

La presidenta de la Asamblea Regional de Murcia, Rosa Peñalver, ha recibido a la presidenta de la Federación de Bandas de Música de la Región de Murcia, Ginesa Zamora, quien ha agradecido el esfuerzo de la Cámara por sacar adelante la Ley de Música de la Región.

Murcia, 17 de abril de 2019

La Ley de Música fue aprobada en la Región de Murcia el pasado mes de febrero, y llevaban trabajando en ella un total de cinco años.

La Federación, que aglutina a un colectivo de 50.000 personas, solicita el desarrollo de la normativa a fin de recibir las ayudas necesarias para mantener la autonomía e identidad de cada Banda de Música. ‘Necesitamos el apoyo a la formación musical en las Bandas de Música con reconocimiento, acreditación y apoyo económico a sus Escuelas de Música, como el modelo valenciano, por ejemplo, según el cual éstas reciben directamente desde Educación la subvención requerida’.

Al respecto, la presidenta de la Federación ha explicado que actualmente hay 320 profesores regularizados, lo que implica ‘un incremento económico para las Bandas, que hay que llevar a la cuota de los alumnos’. Con este aumento, Zamora entiende que ‘estamos sesgando el acceso de forma generalizada a la cultura’.

Durante su visita a la presidenta de la Asamblea, Zamora ha presentado el informe ‘Estudio del impacto socio-cultural y económico de las bandas de música asociadas a la federación de bandas de música de la Región de Murcia’, realizado por la Universidad Politécnica de Cartagena para visibilizar y poner en valor la labor educativa, cultural, socializadora y de proyección profesional que realizan las Bandas de Música y la propia Federación.

Por el patrimonio artístico, histórico y cultural que atesoran, y su aportación a la economía regional, la Federación continuará trabajando por la obtención del reconocimiento de Bien de Interés Cultural para la tradición musical de las Bandas de Música. Una lucha en la que la presidenta de la Cámara, Rosa Peñalver, les ha animado a seguir porque ‘esta importante inversión en cultura genera prevención y salud social’.

El ciclo Músicas religiosas del mundo llega a su ecuador con la formación valenciana, un referente internacional en la música antigua, y el músico alcoyano, uno de los clavecinistas más prestigiosos

Capella de Ministrers ofrecerá mañana música vinculada a la búsqueda del Santo Cáliz que tras un largo periplo llega a la Catedral de Valencia, lugar donde está lo que los expertos consideran el auténtico Santo Grial

Jordà con Soli Deo Gloria abordará el discurso de la fe en la música de Bach, con un programa que incluye algunas de las obras más significativas del compositor alemán, el domingo 21

El Festival MHA ha contado en sus ediciones con los mejores artistas nacionales e internacionales, situando a Valencia como una de las ciudades más importantes en el panorama musical

Valencia, 17 de abril de 2019

El Festival de Música Antigua de Valencia, Música, Historia y Arte (MHA) llega a su ecuador en el Convent Carmen con dos propuestas: Capella de Ministrers & Maria Jonas ofrecerá El Grial, mañana jueves 18, e Ignasi Jordà interpretará obras de Bach para clavecín, el domingo 21. En la vigésima edición se desarrolla el ciclo, Músicas religiosas del mundo, en el que también actuarán Carles Magraner, Delia Agúndez, Robert Cases & Toni Aparisi; y Kaveh Sarvarian & Patricia Álvarez, tras los conciertos ofrecidos por José Hernández Pastor, Hamid Ajbar Sufí Ensemble y Aquel Trovar.

Capella de Ministrers en el concierto de presentación del disco El Grial en la Capilla del Santo Cáliz de la Catedral de Valencia. Autor: Alberto Sáiz.

Capella de Ministrers actuará con un programa en el que música y poesía musicada están vinculadas a la búsqueda del Santo Cáliz utilizado por Jesucristo en la Última Cena y elemento nuclear en diversas óperas, novelas y películas. Con las obras y poemas de los escritores europeos Chrétien de Troyes, Robert de Boron, Wolfram von Eschenbach y Hélinand de Froidmont propone un recorrido por las músicas que conforman su periplo a través de los siglos, desde Tierra Santa hasta Bretaña, pasando por  los Pirineos, San Juan de la Peña (Huesca) y Zaragoza para, finalmente, llegar a la Catedral de Valencia, lugar donde se encuentra lo que la tradición aragonesa, valenciana y expertos consideran el auténtico Santo Grial.

La formación publicó El Grial con un repertorio que soslaya la leyenda medieval para conectar al público con su verdadero sentido y significado: la búsqueda personal, de la perfección, no del objeto, desde el conocimiento de nuestro pasado y mediante su recreación musical. Este trabajo discográfico es el número 57 de la formación valenciana, un referente en el panorama internacional por su labor de recuperación y difusión del patrimonio musical desde la Edad Media al siglo XVIII. Los intérpretes son Maria Jonas (trobairitz, canto y symphonya), Carles Magraner, director de Capella de Ministrers (viella, viola y rabel), Robert Cases (laúd, arpa, cítola y viola), y Eduard Navarro (oud, cornamusas, duduk y paku).

Obras de Bach para clavecín

Ignasi Jordà en un concierto

Ignasi Jordà con Soli Deo Gloria abordará el discurso de la fe en la música de Johann Sebastian Bach con un programa que incluye algunas de las obras para clavecín más significativas del compositor alemán ordenadas como un discurso retórico acorde al pensamiento formal y metafísico del autor.

El músico alcoyano, uno de los clavecinistas más prestigiosos del panorama nacional, conectará con el público explicando el repertorio creado por Bach para alabar a Dios y para deleite del alma humana, palabras que ilustran sobre la profundidad y el respeto del autor hacia su oficio y sobre la espiritualidad que impregna toda su música. Jordà tocará un instrumento que es una copia fidedigna de un clavecín flamenco de 1635.

El programa Músicas religiosas del mundo, con un total siete conciertos durante el mes de abril, está organizado por la Asociación Cultural Comes, cuenta con la colaboración de la Generalitat Valenciana, Institut Valencià de Cultura (IVC), Turisme Comunitat Valenciana, Diputació de València, Red Europea de Música Antigua (REMA), Instituto Nacional de las Artes Escénicas y la Música (INAEM), Ayuntamiento de València, el Vicerectorat de Cultura de la Universitat de València y la Fundación Cultural CdM.

Festival de Música Antigua
El Festival de Música Antigua de Valencia, desde su creación en 1999, ha contado con la participación de los mejores intérpretes nacionales e internacionales, situando a la ciudad como una de las más importantes del panorama musical y permitiendo disfrutar de la música antigua en espacios históricos de singular belleza, buscando la conjugación con la historia y el arte. Desde su primera edición el festival goza de gran acogida y reconocimiento por parte del público, logrando que sea una actividad plenamente consolidada en el calendario musical.

Convent Carmen
Músicas religiosas del mundo se desarrolla en el Convent Carmen del 7 al 28 de abril, un recinto que durante más de 400 años fue un lugar de clausura inaccesible para la ciudadanía. El antiguo convento de San José y Santa Teresa se ha transformado en centro de ocio cultural y un mercado gastronómico. Convent Carmen es un lugar abierto a la ciudad y a los que la visitan, un espacio cultural que ofrece programación de forma continua con música, cine y artes escénicas, además de talleres para niños y actividades familiares.

AGENDA

– Capella de Ministrers & Maria Jonas
   El Grial
   Música y literatura medieval alrededor del Santo Grial
Jueves 18 – 20h

– Ignasi Jordà (clavecín)
   Soli Deo Gloria
   El discurso de la fe en la música de Johann Sebastian Bach
Domingo 21 – 19h

– Carles Magraner, Delia Agúndez, Robert Cases & Toni Aparisi
   A circle in the water
   Entre lo terrenal y lo divino
Jueves 25 – 20h

– Kaveh Sarvarian & Patricia Álvarez
   Kereshmeh
   Música espiritual, danza y poesía persa
Domingo 28 – 19h

DOCUMENTACIÓN

–  Festival de Música Antigua de Valencia, Música, Historia y Arte (MHA). Músicas religiosas del mundo
https://musiquesreligioses.com/

– Asociación Cultural Comes
http://www.culturalcomes.net/es/

– Fundación Cultural Capella de Ministrers
https://culturalcdm.eu/

– Red Europea de Música Antigua (REMA)
http://rema-eemn.net/

Históricamente observamos como las diferentes opiniones y tendencias existentes en torno a los derechos de autor ya resultaban de interés para los estudiosos; así la doctrina utilitarista del interés público esgrimía sus razones frente a la tesis iusnaturalista de los derechos de autor.

Para los utilitaristas el beneficio o provecho de la mayoría se antepone a cualquier derecho, situando el interés social como bien protegido, ya que según dicha doctrina, “las ideas, en tanto que creaciones sociales, colectivas, no podían estar sujetas a la propiedad de nadie, y la concesión de derechos legales a los autores sólo podía justificarse como un expediente para estimular la producción y transmisión de nuevas ideas, lo cual resulta evidentemente de utilidad pública.”

A partir del axioma del derecho natural, se justificaría esa otra propiedad inmaterial sobre los derechos de autor, siempre que provengan del esfuerzo y el trabajo de cada uno. La cuestión se convirtió en una discusión filosófica en el siglo de la Ilustración (de Diderot a Condorcet, de Lessing a Fichte y Jefferson). La corriente iusnaturalista establecía la primacía de los derechos naturales de los autores, defendiendo que la propiedad no se limita sólo a objetos físicos y tangibles sino que se extiende también a las ideas y otras creaciones intangibles.”. También siguiendo a Lysan Spooner dos siglos después “para defender la propiedad intelectual, sólo si a los intelectuales se les reconocen sus derechos de autor, podrán estos vivir libremente de su propio oficio y no depender menesterosos del favor o la tiranía de los magnates o de los políticos.”

El propio sistema y concepción de la propiedad intelectual ayudan a fomentar la creación y la invención y por ende el desarrollo, siendo los pilares básicos del avance de cualquier civilización, por lo tanto entiendo que no debe dificultar el acceso al conocimiento de los países en vías de desarrollo, otra cuestión distinta será la dependencia tecnológica de los países más pobres respecto de los países ricos, en la que se deberían imponer pactos y tratados internacionales para evitar excesos y situaciones injustas y perseguibles en pleno S. XXI.

La legislación sobre Propiedad Intelectual del S. XIX fue fruto “de la búsqueda del equilibrio entre los derechos de autor y el interés público, así ya los autores y editores podían beneficiarse del fruto de su trabajo intelectual y de sus ideas, pero sólo durante un tiempo determinado. “

Entiendo que la tardanza de la regulación jurídica de la propiedad intelectual a nivel mundial viene determinada por el devenir histórico que ha desarrollado el derecho de autor desde la Ilustración a nuestros días. Se conformaban corrientes de opinión, principalmente entre los utilitaristas y los iusnaturalistas, pero además en cada Estado se desarrollaban de distinta forma los acontecimientos, inicialmente en forma de privilegios y licencias a los impresores y editores, para posteriormente ir incorporando la figura del propio autor y creador (inicialmente excluidos de los privilegios y licencias) La gran amalgama de usos internos en cada uno de los Estados, evidentemente dificultaba una correcta y/o mínima legislación internacional, la cual encontramos finalmente en 1893 con el primer tratado internacional sobre propiedad intelectual en la llamada Convención de Berna, que fue completada en 1996 por los llamados “Tratados de Internet” acordados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual. Dichos tratados actualizan y complementan el Convenio de Berna e introducen elementos de la sociedad digital.

La propiedad intelectual constituye precisamente la base del desarrollo cultural, científico y técnico. Los autores y creadores deben ser respetados y tratados como tales, debiendo inculcar en la ciudadanía que uno de los pilares del sistema se basa no solo en el puro reconocimiento de la autoría y el derecho moral de autor, sino también en la correcta aplicación de las facultades patrimoniales, en los derechos de explotación, persiguiendo la justa y adecuada remuneración de los mismos.

El derecho de acceso a la cultura de los ciudadanos es un derecho fundamental consagrado en la carta magna española, y adverado por la numerosa normativa conformadora de los Tratados Internacionales en materia de derechos fundamentales y esencialmente en sede cultural. No obstante debemos reconducir nuestros esfuerzos en la búsqueda de ese punto de encuentro definido por los estudiosos como el otro lugar o el nuevo espacio en el que encontrar el equilibrio necesario entre este derecho fundamental capitalizador de las elementales garantías de los ciudadanos de acceder a los bienes culturales, tanto en su vertiente material como cualitativa, y el derecho de los creadores a poder disponer y explotar su obra dentro de los límites establecidos en el ordenamiento jurídico.

La propiedad intelectual es un estímulo para la innovación, para la creación, para el desarrollo cultural, científico y técnico, como lo demuestra el simple pero trascendente dato histórico del desarrollo de las civilizaciones en los últimos 300 años y el gran avance del conocimiento que se ha producido, con las cuatro revoluciones, la científica del S. XVII, la industrial del S. XIX, la informática del S. XX y la digital del S. XXI. El gran avance producido ha sido posible por el reconocimiento y protección del que han sido objeto los derechos de autor en los últimos tres siglos de historia con la progresiva proliferación de normativas tanto locales como internacionales. Las regulaciones y progresivos reconocimientos realizados por los distintos países han sido la causa fundamental de la protección otorgada a los derechos de autor que evidentemente han provocado la incentivación de la invención y a que la libre circulación de ideas y conocimientos y opiniones hayan forjado la “gran conversación” entre personas de diversas épocas, generando el progreso y el avance. La búsqueda del equilibrio, asimismo ha supuesto el resultado de esos avatares históricos del propio concepto de propiedad intelectual, resultado de la conjunción entre los distintos sectores y opiniones que han existido.

El derecho de autor considerado como una forma de propiedad, es un derecho sui generis en el que queda limitado su disfrute. El derecho moral de autor lo es tanto a título inter vivos como mortis causa, y permanecerá antes y después de la muerte del autor, sin embargo los derechos de explotación, patrimoniales o económicos tendrán una duración determinada (70 años después de la muerte del autor para sus herederos), para posteriormente pasar al dominio público. Ese límite temporal es precisamente el paradigma de la conjunción entre ese equilibrio de los derechos de autor y el derecho consagrado constitucionalmente de acceso a la cultura de los ciudadanos. Así, podemos encontrar un supuesto extremo de protección del derecho de acceso a la cultura en el texto de la LPI, en su artículo 15.1 y 2 en relación con el artículo 44 de la Constitución Española, precisamente en defensa del consagrado derecho de acceso a la cultura.

Siguiendo a Oreste Montalvo “es evidente la importancia de la protección de los derechos de propiedad intelectual. Son los artistas, los escritores, los inventores, el progreso de la humanidad se bloquearía y habría una peligrosa involución. La investigación es fuente de progreso, desarrollo, empleo y bienestar para el país. Es obligación de nuestros Estados crear las condiciones para favorecerla, utilizando los instrumentos a su disposición, entre los cuales están la concesión de ayudas y desgravaciones fiscales, la promoción de la cooperación internacional y una mejora sensible del nivel de las universidades y centros de investigación.”

Joaquín Soler Cataluña

Letrado Asesor Jurídico Confederación Española de Sociedades Musicales (CESM)

Configurados en terminología legal como “otros derechos de Propiedad Intelectual”, los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes se constituyen como los auténticos y genuinos compañeros de viaje de los derechos de autor.

Esos otros derechos de propiedad intelectual, con un contenido muy heterodoxo al integrar asimismo a los derechos de los productores de fonogramas, de grabaciones audiovisuales, de entidades de radiodifusión, etc.., se les viene a categorizar como derechos conexos o afines a los derechos de autor, dentro de los los cuales, los derechos de los artistas van a ocupar una posición de preeminencia.

El estatuto jurídico de los artistas es el que más se aproxima a los autores, incluso reconociéndoseles determinados derechos morales, razón por la cual, tras los autores, los artistas van a ocupar el segundo nivel de los productos y servicios que llevan aparejados derechos de propiedad intelectual. De la materia prima creada por los autores (obras) los intérpretes le darán forma a través de sus ejecuciones, y de esta forma crearán un producto que será utilizado asimismo por otros titulares de derechos conexos: los productores de fonogramas, los productores audiovisuales y las entidades de radiodifusión. Se conforma así una cadena de producción de valor en el que cada titular utilizará productos de otro que a su vez devengarán derechos propios.

De esta forma se extrae claramente como de la materia prima principal, las obras de creación de los autores, se ve ejecutada y trabajada por los Artistas que se encargan de dar forma a esa materia, interpretando las obras que crean los primeros, naciendo así una relación de conexión, vecindad o afinidad. Unos y otros se necesitan para poder coexistir, los autores de los artistas, y viceversa, los productores de los autores y de los intérpretes. Se ocasiona un vínculo o ligamen entre la obra y la interpretación y entre esta y el fonograma o la grabación audiovisual.

Los derechos de los artistas están modelados siguiendo el patrón de los derechos de autor, siendo el bien inmaterial protegido (corpus mysticum) la propia prestación o interpretación artística.

De dicho bien inmaterial el artista goza de un haz de facultades o prerrogativas: los derechos de explotación y por ende su única y exclusiva capacidad y legitimidad para poder explotarlos como titular de una propiedad.

El artista desarrolla una labor intelectual que involucra importantes aspectos de su personalidad, y sobre todo de su propia imagen. No obstante la ley no le otorga una naturaleza autoral a su prestación, por ello los engloba dentro de la categoría de otros derechos, si bien otorgándoles una posición de liderazgo respecto al resto. La naturaleza no autoral de la labor de los artistas ha sido y sigue siendo una cuestión de discusión doctrinal, aunque si bien habrá que quedarse con que su labor intelectual (fuera de toda duda) es de distinta naturaleza de la de los autores. Unos crean y otros interpretan. El artista necesita siempre de una obra previa que interpretar, recurriendo eso sí a su técnica, talento y sensibilidad, pero no creará una obra, sino una prestación o interpretación de naturaleza intelectual que quedará también protegida con su particular estatuto jurídico.

De justicia va a ser resaltar la contribución determinante que realiza el artista en la difusión, propagación y divulgación de las obras ante el público, cuestión que objetivamente tiene en cuanta la legislación para otorgar al mismo la protección y derechos de los que hoy dispone.

El desarrollo tecnológico fue provocando que la propiedad intelectual se desarrollara de forma diferente según los avances que afectaban a cada una de las potenciales tipologías de creaciones y prestaciones: la fotografía, el cine, los fonogramas o la propia radiodifusión.

Ya bien entrado el siglo XX, con la aparición de los medios técnicos que pudieron convertir en durable lo que en esencia era efímero, es cuando empiezan a cobrar forma los derechos de los artistas derivados de sus actuaciones, y ello debido simplemente a la posibilidad de poder fijar sus actuaciones a través de un medio o soporte determinado. De ahí precisamente deviene la gran importancia que ostenta la fijación de las actuaciones para los artistas. El derecho de fijación constituye un derecho de explotación autónomo de los artistas, y se convierte en el pilar fundamental sobre el que descansará el ejercicio posterior de todos sus derechos, los cuales nacerán y se devengarán posteriormente a dicha fijación.

Los artistas se erigen en legítimos titulares de sus derechos patrimoniales a partir del momento de realizarse la fijación de la interpretación, la cual en todo caso deberá ser previamente autorizada por escrito por los artistas que en ella intervengan.

Joaquín Soler Cataluña

Letrado asesor jurídico CESM

Se celebra: 16 de abril de 2020

Proclama: Federación de Sociedades de Otorrinolaringología

Desde cuando se celebra: 1999

El 16 de abril se celebra en todo el mundo el Día Mundial de la Voz con el objetivo de crear conciencia sobre la importancia del cuidado de la voz y la detección oportuna de las enfermedades que afectan a las cuerdas vocales.

Se realizan campañas donde logopedas y foniatras ofrecen diagnósticos, consejos y recomendaciones sobre la voz.

La Sociedad Española de Otorrinolaringología ofrece consultas gratuitas y exploraciones de la voz.

‘Música en obert’ celebra su sexta edición con el objetivo de acercar la música contemporánea al público a través de conciertos, talleres y conferencias

Valencia, 15/04/2019

La Ciudad de las Artes y las Ciencias y el campus de Berklee College of Music en Valencia colaboran por sexto año consecutivo en ‘Música en obert’, un programa de actividades culturales que incluye conciertos de libre acceso, proyecciones, talleres y conferencias , además de la Berklee Week, del 2 al 7 de julio, y el gran concierto de ‘la Noche de Berklee’ el 6 de julio.

El objetivo es acercar la música contemporánea al público general, estableciendo sinergias entre la música, la ciencia y la tecnología para crear una oferta de contenidos única y diferenciada a nivel internacional.

El próximo sábado 4 de mayo Berklee presentará Musaico, un festival gratuito de un día para toda la familia con música en directo de los alumnos del campus, food trucks y actividades para grandes y pequeños. Desde las 11 de la mañana a las 21 de la noche, en la explanada del Azud de la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

Desde febrero, cada sábado y domingo, a las 13 horas en el Hemisfèric, los espectadores pueden conocer la proyección ‘Berklee. Música en imágenes ‘compuesta por las mejores composiciones y trabajos audiovisuales realizados cada año por los estudiantes de Berklee dentro del programa de “Composición de bandas sonoras para películas, televisión y videojuegos”.

Un lago de conciertos

El viernes 10 de mayo comienza el ciclo de actuaciones musicales en directo ‘Un lago de conciertos’, a las 20 horas en el lago sur de la Ciudad de las Artes y las Ciencias. Casi todos los viernes de mayo a octubre, estudiantes y profesores del campus de Berklee en Valencia realizarán conciertos al aire libre en el que el público general podrá disfrutar de distintos estilos de música contemporánea: del jazz al rock and roll pasando por el funk, la música latina, el folk o músicas del Mediterráneo.

Además, del 2 al 7 de julio, se celebrará la ‘Berklee Week’ en la que se mostrarán los trabajos que los estudiantes del campus realizan a lo largo del año en sus respectivos programas de máster y que culmina con el concierto de fin de curso de la escuela.

El programa incluye ‘Berklee on the Big Screen. A Première ‘(2 y 4 de julio), la instalación’ Traces ‘(del 5 al 7 de julio) y’ La Noche de Berklee ‘(6 de julio, a las 22 horas), un gran concierto en el lago norte del Hemisfèric de acceso gratuito en el que los estudiantes mostrarán su talento y el aprendizaje de todo un año.

Desde la FSMCV se ha destacado que actualmente existe una gran problemática en torno a la interpretación de esta ley que, en ocasiones, impide a los Ayuntamientos poder contratar directamente a las bandas de las Sociedades Musicales de su municipio

En octubre se realizará un taller de técnicos de la FSMCV y COSITAL-Valencia a la que serán invitados otros expertos para encontrar una solución a este asunto

Valencia, 15 de abril de 2019,

La Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana (FSMCV) y el Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local (COSITAL) de Valencia colaborarán para crear una pauta de interpretación y aplicación de la nueva Ley de contratos del sector público que se adapte a la realidad de las contrataciones entre Ayuntamientos y Sociedades Musicales de la Comunitat.

La semana pasada se reunieron ambas entidades para trabajar conjuntamente y poner fin a la problemática que la aparición de la nueva normativa ha ocasionado a Ayuntamientos y Sociedades Musicales en su mutua relación para que sean contratadas las bandas de música en los eventos de los municipios.

En lo que concierne a este tema, la nueva reglamentación establece que únicamente se puede contratar de forma directa a un artista o grupo artístico si este tiene una singularidad específica. En este sentido la FMSCV entiende que cada banda de música tiene esa singularidad específica en su municipio, mientras los técnicos de algunos Ayuntamientos interpretan que no tiene por qué ser así. Esta disparidad da como resultado que algunos Ayuntamientos estén sacando a concurso público la actuación de sus bandas de música en los actos locales, cuando no directamente se está revertiendo al modelo de subvención lo que en realidad es una contratación por prestación de servicios. El resultado puede llegar a ser que en las fiestas mayores de una población o en el concierto de fiestas, acabe tocando una banda que no es la propia del municipio, lo que resultaría cuando menos extraño dada la buena relación habitual entre las Sociedades Musicales y sus propios Ayuntamientos o la dificultad de explicar como por una parte se financia a la sociedad local dada su actividad cultural, pero sin embargo se contrata a la del municipio de al lado para un acto concreto que tradicionalmente ha sido realizado por la sociedad local.

Ésta es una situación realmente compleja que está afectando a las buenas relaciones habituales entre los Ayuntamientos y nuestras Sociedades Musicales y necesitamos ponerle solución lo antes posible. Desde la FSMCV queremos agradecer la buena disposición que hemos encontrado en la Presidenta y Vicepresidente de COSITAL para encontrar juntos una solución que permita que las bandas de música de cada municipio sean contratadas por los Ayuntamientos de sus propios municipios de una forma absolutamente legal y sin dudas ni lagunas legales”, ha declarado Pedro Rodríguez, presidente de la FSMCV.

Desde COSITAL-Valencia se ha incidido en la dificultad de proceder a la contratación directa de las Bandas de Música de los respectivos Municipios, a la vista de la normativa actual en materia de contratación. No obstante desde COSITAL-Valencia se considera interesante realizar una puesta en común para analizar las distintas alternativas existentes amparadas por la legislación vigente.

En el encuentro, tanto COSITAL-Valencia como la FSMCV han manifestado su voluntad de trabajar conjuntamente para encontrar una solución a esta problemática en la interpretación de la nueva reglamentación de contratos.

Ambas partes han acordado que la primera acción que se llevarán a cabo tendrá lugar durante el próximo mes de octubre cuando se realice un  taller con la participación de técnicos COSITAL y de la FSMCV a la que se invitarán a otros técnicos también expertos en temas jurídicos de contratación y patrimonio, para debatir este asunto y homogeneizar posturas que permitan establecer los criterios a seguir para este tipo de contrataciones en la Comunitat.

El Día Mundial del Arte es una celebración internacional de las artes, la cual fue declarada por la Asociación Internacional del Arte (IAA, por sus siglas en inglés) con el fin de promover conciencia de la actividad creativa en todo el mundo.

El primer Día Mundial del Arte el 15 de abril de 2012, se vio apoyado por todos los comités nacionales de la IAA y 150 artistas, incluyendo entre ellos a los de Francia, Suecia, Eslovaquia, Sudáfrica, Chipre y Venezuela, pero la intención del evento es universal.

La fecha se eligió en honor al día del nacimiento de Leonardo da Vinci. Da Vinci fue seleccionado como un símbolo mundial de paz, libertad de expresión, tolerancia, fraternidad y multiculturalismo, así como el arte también es importante en otros campos.

Con 25 años, Amadora Mercado Pérez dirigirá a la Banda de la Oliva de Salteras

Amadora Mercado Pérez, directora de la Sociedad Filarmónica Ntra. Sra. de la Oliva de Salteras, se convertirá en la primera mujer en marchar al frente de una banda de música en las procesiones de la Semana Santa de Sevilla.

Con solo 25 años, la jienense Amadora Mercado Pérez, titulada superior en Dirección de Orquesta por el Conservatorio Superior de Música de Málaga y reciente directora de la centenaria banda de la Oliva de Salteras, una de las formaciones de referencia de la música procesional sevillana, hará historia el próximo Domingo de Ramos al ser la primera mujer en protagonizar este hito.

Mercado sustituyó en el cargo a Jesús Salas Orden el pasado mes de junio. Su candidatura fue la elegida tras valorar la dirección de la banda a un buen número de profesionales.

La banda de la Oliva, bajo su dirección, ha grabado y publicado recientemente un nuevo trabajo discográfico llamado Crucifixus.

La formación música acompañará a las siguientes hermandades sevillanasdurante la Semana Santa: Domingo de Ramos: La Estrella. Lunes Santo: El Museo. Martes Santo: El Dulce Nombre. Miércoles Santo: La Sed. Jueves Santo: Pasión. Viernes Santo: El Cachorro. Sábado Santo: La Trinidad.