Se acaba de publicar el nuevo Decreto que regulará las escuelas de música y de las artes escénicas en la Comunitat Valenciana.

Un texto de importancia capital para el ecosistema musical valenciano y en particular para nuestras queridas sociedades musicales, titulares de la mayoría de ellas.

Manuel Tomás · 14 febrero, 2022 

Hay mucho en juego: Un modelo educativo acertado, la propia subsistencia de las citadas sociedades musicales y sobre todo, atender a las necesidades formativas y culturales de miles de músicos valencianos. Este Decreto afectará en menor o mayor medida a un colectivo que aglutina alrededor de un millón de personas.

Y no solo eso, debido a la incardinación de “lo musical” aquí, también está en juego aspectos tan importantes como la empleabilidad de miles de jóvenes músicos, el desarrollo económico de  nuestro territorio y algunas políticas de carácter social muy relevantes como la despoblación y la cohesión social.

Cuestiones generales

En términos generales, hay que aplaudir el esfuerzo en el terreno de la ordenación académica realizado por la administración educativa. El último Decreto, ahora derogado, fue publicado en el 2013. Es una buena política mantener actualizado permanentemente el marco normativo a las transformaciones, cada vez más rápidas, que experimentan las sociedades actuales. Primer cuestión positiva.

La segunda. No es un texto sectario ni “de parte”. Los argumentos expuestos en la exposición de motivos se agradecen, sobre todo para alguien como el que suscribe, que ha tenido responsabilidades en anteriores administraciones. Miremos lo expresado en la exposición de motivos:

“El Decreto 91/2013, de 5 de julio, del Consell, por el que se regulan las escuelas de música de la Comunitat Valenciana, supuso, en su momento, un avance a la hora de formular un modelo educativo propio,
singular y de calidad para la enseñanza no formal de la música. En este sentido, la regulación que propugna el presente decreto, en consonancia con lo propuesto por el Decreto 91/2013…….”

Nada de sectarismos, el nuevo Decreto entiende la importancia de lo que pasó en el 2013 y pretende profundizar en el camino que se abrió entonces. Un Decreto que para “más inri” fue trabajado y pactado en ua comisión paritaria administración/FSMCV que se reunió muchas veces y  negoció con intensidad.

Como es de bien nacidos ser agradecidos y en justa correspondencia, nos gustaría poner en valor el esfuerzo técnico del Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y de sus profesionales, un servicio creado en el 2012 y que despúes de casi diez años de actividad cuenta con personal formado y con conocimientos suficientes. Lo han demostrado en la redacción de este Decreto. Enhorabuena.

Pero vayamos a realizar un análisis más detallado. Hay mucho que decir, dejaremos algunos aspectos para otros artículos y nos centraremos en lo más relevante. Porque el Decreto es profundamente transformador, innovador y si me permiten arriegado y valiente. Puro “Rock and Roll”. Algo que puede generar polémica pues incluye algunas cargas de profundidad de bastantes megatones.

Escuelas de Artes Escénicas

En general, se incluye en la regulación la posibilidad de configurar escuelas de artes escénicas, es decir se puede avanzar hacia un modelo más integrado y abierto donde se combinen las enseñanzas del teatro y el circo, además de la música y la danza (estas últimas siempre juntas de la mano desde 1990).

Nos parece positivo, se abren posibilidades para muchas escuelas que quieran adentrarse en este terreno. Y quienes quieran quedarse solo en música lo pueden hacer. Solo alguna pega, si proliferan las escuelas de artes escénicas se deberá aumentar la cantidad en subvenciones y ayudas, de lo contrario “saldremos a menos” en el reparto. Y ya anunciamos el verdadero talón de Aquiles del nuevo Decreto, la pasta gansa.

Avances en el terreno pedagógico y organizativo

En el terreno pedagógico, como muy bien expresa el Decreto, felizmente se profundiza en un tipo de centro diferente al modelo “conservatorio” con una clara finalidad de atender a la formación del aficionado y normalizar la relación entre sociedad y educación musical. El nuevo Decreto esto lo hace de maravilla. Y me explico.

El primer obstáculo era sortear la restringida regulación de la Ley Valenciana de la Música que, al incluir las asignaturas de Instrumento y Lenguaje musical como enseñanzas mínimas, obliga a las escuelas de música a organizarse (e identificarse) como un conservatorio elemental. Un lastre que nos acompaña siempre. El decreto del 2013 lo sorteó, pero “la pirueta” del actual es antológica, de las que marcan época. Comprueben ustedes:

“En relación con el concepto de enseñanzas mínimas que se menciona en los apartados anteriores, se refiere al conjunto de conocimientos y habilidades que se tienen que adquirir en estas escuelas con carácter general. Dentro de su autonomía, las escuelas estructurarán las enseñanzas mínimas teniendo en cuenta que la oferta formativa debe favorecer la globalización de los aprendizajes para facilitar así que los procesos de enseñanza resulten efectivos en el contexto de lo que es una enseñanza de tipo no formal.”

¡Las enseñanzas mínimas no se entienden como asignaturas sino como conocimientos y habilidades! Aquí, como diría Maquiavelo, el fin justifica los medios. Todo sea por la autonomía de las escuelas de música. Totalmente de acuerdo.

Y lo mejor del Decreto en el terreno organizativo, el artículo 15 que establece el Programa de Aprendizaje como la forma básica de organizar la enseñanza en las escuelas de música. Un gran avance que posibilita huir de los esquemas tradicionales de las enseñanzas formales, organizadas historicamente en cursos y asignaturas. No obstante será necesario formar al profesorado y los directores a qué organicen las escuelas mediante Programas de Aprendizaje.

Además, cuando habla de la evaluación, remata la cuestión:

“El concepto de promoción y permanencia no será aplicable a estas  enseñanzas.”

Normal y lógico. Fuera ya las calificaciones en unas enseñanzas que no expiden titulaciones ni existe un curriculo oficial básico que integrar y cumplir.

Prosigue el Decreto más adelante hablando de Evaluación abriendo la posibilidad de evaluaciones externas con consecuencias para obtener ayudas y subvenciones:

“Esta evaluación se entiende como una rendición de cuentas de las escuelas en relación con la calidad de las
enseñanzas que ofrecen y podrá tener efectos directos en su financiación”.

Otra bomba según mi juicio. Y no podemos estar más de acuerdo. Cuando se obtienen recursos públicos una exigencia democrática elemental es someterse a evaluación y control. Ahora bien, si me permiten la maldad, sorprende que lo que ahora se pretende hacer con los centros de titularidad privada, la propia administración no quiera hacerlo en sus propios centros públicos, donde la palabra evaluación externa genera urticaria. Pero claro, las sociedades musicales y  el profesorado de las escuelas de música no tienen sindicatos potentes que rechacen con fuerza las “veleidades neoliberales”. No tienen a ningún “primo de zumosol” que salga en su defensa. Ni siquiera los centros concertados de enseñanza general que reciben muchos más recursos públicos soportan tal evaluación externa. O todos tirios o todos troyanos, pero no seamos nosotros las hermanitas pobres de la caridad pues duele la desconfianza.  Juzguen ustedes

Y siguen las innovaciones, la pandemia ha dejado su huella también en el Decreto. Aquí lo tienen:

Las escuelas de enseñanza artística no formal de música y de artes escénicas podrán implementar estrategias de formación híbrida presencial o semipresencial con apoyo telemático”.

Muy bueno y oportuno, pasando por la izquierda a las enseñanzas de los conservatorios, incluidos los conservatorios superiores que no tienen autonomía, por muy superiores que sean, para impartir enseñanzas en formato telemático a diferencia de las Universidades. Con esta medida, las escuelas de música tienen una oportunidad de crecimiento y de innovación muy grande, ahora solo falta que aprendamos a explotarla. Más necesidades de formación y más inversión en equipamiento, pues el Decreto sube el nivel de las plataformas digitales aplicables. Piticlín, piticlín..

Las titulaciones y requisitos del profesorado

Sigamos viendo más aspectos. Respecto a las titulaciones y a la formación y capacitación del profesorado, se sigue permitiendo la docencia en estos centros con el Título Profesional de Música. No hay más remedio, lo dice la Ley Valenciana de la Música. Pero hay avances. Ahora se necesita el título  expedido en la especialidad instrumental correspondiente  para impartir la propia especialidad. Es decir que un profesor con el título de Clarinete no puede dar clase de Trombón. Es de perogrullo pero necesario. Aunque no cerremos todas las puertas, una escuela de música en una zona rural despoblada con pocos recursos y poco alumnado puede necesitar que se flexibilice esta medida.

Aunque hay un aspecto que los redactores del Decreto no han tenido en cuenta: En el plan LOE, los títulos de música de las enseñanzas superiores son genéricamente de Interpretación ( u otra especialidad como Pedagógía), no hay un título diferenciado para cada itinerario instrumental. Un error de la LOE que ahora deberá ser tenido en cuenta para aplicar lo que establece el Decreto. Es decir, un trombonista y un clarinetista tienen el mismo título de Interpretación, a secas.

Y ahora viene otra bomba nuclear del Decreto: El profesorado debe disponer de formación pedagógica y didáctica que acredite sus competencias docentes, con una duración mínima equivalente 60 créditos. Es decir, si se toma como referencia de medida los créditos ECTS serian necesarios un total de 1.500 horas de formación. Si se toma como medida la formación acreditada en los CEFIRE’s, serían necesario un total de 600 horas de formación. Prácticamente un Máster. Brutal

Piensen ustedes que, hoy en día, no se exige este requisito para impartir la docencia en los conservatorios de música profesionales. Ya estamos otra vez cargando las tintas sobre los más modestos.

Ningún inconveniente cuando de mejorar la formación inicial del profesorado de escuelas de música se trata, siempre lo hemos propugnado. Pero se debería concretar más y establecer medidas transitorias y de acompañamiento para que no se distorsione el sistema ni los derechos adquiridos del profesorado. Pues según lo establecido en el decreto, es  un requisito obligado  a partir de ya para todo el profesorado actual y son casi 5.000. A falta de ver la concreción del Decreto, lanzamos las siguientes reflexiones:

  1. Lo lógico hubiera sido establecer un periodo transitorio para que el actual profesorado lo obtenga
  2. Se debería convalidar este requisito a aquellos que tengan una dilatada experiencia docente en escuelas y conservatorios de música. Por ejemplo, si acreditan 600 horas de experiencia docente.
  3. La organización de esta formación, desde el Servicio del Profesorado de la Conselleria no será tarea fácil. Aunque es verdad que la propia FSMCV y algunas entidades privadas pueden contribuir a ello, como pasa con el resto de enseñanzas.

Bravo por la exención de este requisito a los titulados de  las especialidad de Pedagogía de las enseñanzas superiores de música. Era de justicia. Aunque depués lo descafeinamos:

“Así mismo, estarán exentas (de la formación pedagógica) las personas que disponen del Título Profesional de Música o de Danza que puedan acreditar haber cursado asignaturas optativas de perfil pedagógico”.

Una oportunidad para los conservatorios porofesionales que se van a prestar a organizar asignaturas optativas con estos contenidos. Pero claro, equiparar una optativa de las enseñanzas profesionales a una formación de 60 créditos no parece muy equilibrado, la verdad.

El ejercicio del liderazgo educativo

Respecto al ejercicio del liderazgo, el nuevo Decreto avanza. Y está muy bien. La calidad educativa de cualquier sistema, centro o proyecto, reside, en primer lugar en el profesorado. En segundo lugar en la calidad en el ejercicio de la función directiva.

El Decreto obliga a incorporar la figura del director (ya lo hacía el anterior) y a exigirle una formación específica de 130 horas. No está mal. Es un curso superior. A estos sí se les da un periodo transitorio  para la obtención de este requisito.

Necesitamos buenos líderes que organicen correctamente la escuela, que impulsen las innovaciones necesarias y transformen estos centros en la línea establecida por el Decreto. No será fácil. Sin la formación adecuada de un cuerpo de élite, el Decreto no se aplicará. Aquí se debe insistir y mucho, es un aspecto clave. Más trabajo para el Servicio de Formación del Profesorado y la FSMCV. Como verán ustedes, la factura sigue subiendo, ya veremos al final lo que cuesta.

Además, nos parece muy acertado que el director tenga el título superior de música y forme parte del Claustro. De esta manera se asegura que los directores sean profesionales de la educación musical capaces de liderar un proyecto de carácter educativo y no como ha ocurrido en otros lugares de España donde se eligieron gestores culturales para dirigir las escuelas de música municipales con resultados muy pobres.

Y ahora un detalle muy bonito: Las escuelas de música se verán representadas en los Consejos Escolares Municipales. Muy bien, más normalidad educativa, nada de sentirse especiales.

Condiciones laborales del profesorado

Y ahora viene otra bomba nuclear. A cuenta del horario del profesorado en lo que respecta a las horas complementarias.

“Las horas complementarias del personal docente serán determinadas proporcionalmente a partir de las horas de docencia directa que tiene cada docente.

  1. La distribución de horas del personal docente se realizará respetando a lo largo del curso la planificación inicial y teniendo como referencia el calendario escolar y la proporcionalidad de horas establecida en la normativa aplicable a las enseñanzas artísticas de tipo formal”.

Madre del amor hermoso. También tenemos la esperanza que la concreción del Decreto aclare las incertidumbres que esto genera.

Para que me sigan, en las enseñanzas formales de los conservatorios públicos, la jornada laboral de un profesor es de 37,5 semanales, distribuidas de la siguiente manera: 18 horas lectivas de docencia directa con el alumnado, 12 complementarias (tutorías, guardias, asistencia a reuniones, etc..) y 7,5 de estudio y preparación de clases.

En las escuelas de música, debido a la escasez de recursos, en la mayor parte de ellas se contratan y pagan solo las horas de docencia. La cosa no da para más. Si no interpeto mal, ahora, un profesor que tenga el horario completo debe trabajar unas doce horas complementarias más.

Imagino que esta medida no estará en contradicción con los Convenios Laborales aplicables y la Abogacia de la Generalitat y el Consell Jurídic Consultiu habrán asegurado su legalidad. El profesorado de las escuelas de música ni son funcionarios ni personal al servicio de las administraciones públicas, son trabajadores cuya actividad está regulada por la legislación laboral y no la administrativa. Posiblemente todo va a quedar en una declaración de intenciones. Los especialistas en derecho laboral dirán.

Pero más allá de estas dudas,  se trata de una mejora laboral que agradecerá el profesorado pero que nuestras sociedades musicales a duras penas podrán asumir a no ser que reciban más ayudas para ello. De  lo contrario deberán repèrcutir  el gasto extraordinario sobre las cuotas que paga el alumnado.  A ver que dicen las sociedades musicales y la propia FSMCV al respecto, la que mejor actúa defendiendo a las sociedades musicales; la organización más parecida a la patronal del sector. Como pueden observar, la cuenta sigue subiendo…

Sobre la financiación

Para finalizar, la gran decepción. Ningún avance en la financiación, una simple remisión a la Ley Valenciana de la Música que en este terreno sigue durmiento el sueño de los justos y la habitual regla de no incremento de gasto; la Conselleria de Educación debe con sus propios medios atender lo nuevo.  Y eso que la cuenta va subiendo conforme se lee el Decreto. En definitiva: ¡Aquí le regalo un Ferrari pero usted  se lo debe pagar!

Un reforma de este enorme calado debe ser sustentada con más recursos. Los 11.300.000 euros de la Orden de subvenciones deben ser incrementados sustancialmente, de lo contrario, el decreto quedará en papel mojado.  Somos conscientes que la cantidad destinada actualmente cubre una buena parte de los gastos y déficits de las escuelas de música pero perpetúa el modelo actual. Si se pretende avanzar en un modelo de mucha más calidad y exigencia, van a ser necesarios compromisos más firmes de financiación y no solo confiarlo a la línea de subvención que tiene una capacidad limitada para generar transformaciones profundas. Pues las sociedades de música no tienen la seguridad que la linea de subvención se mantendrá estable y no se minorará en función de los ciclos económicos y por ello, no se animan a mejorar las condiciones del profesorado ni a realizar inversiones importantes.

Ni siquiera las escuelas de música en territorios con problemas de despoblamiento obtienen un guiño especial en este sentido. No hubiera costado nada poner que estas gozarán de especial tratamiento para su financiación y abrir la posibilidad a que la Agència Valenciana Antidespoblament  pudiera echar una mano.

¡Qué lástima! Con la gran cantidad de fondos europeos que estamos recibiendo, destinar unos pocos al desarrollo de este proyecto, sacaría de la precariedad laboral a más de cinco mil profesores/as, ayudaria a sostener y mantener a nuestras sociedades musicales y por encima de todo, mejoraría la calidad educativa para atender las necesidades formativas del conjunto de la población.

En conclusión, un gran avance en el terreno educativo y la mejora integral de las escuelas de música.  Un innovación en la línea correcta. Pero al mismo tiempo, una precio elevado para su implementación sobre las espaldas de las sociedades musicales. Bastante cargadas ya y con las fuerzas muy justas. Esperemos que se tomen las medidas adecuadas para la financiación. Seguro que así será, más tarde o temprano.

Manuel Tomás Ludeña

Socio fundador de LIMES3

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