Fuente: Publicado en

Se acaba de publicar la LOMLOE en el BOE del 30 de diciembre y entrará en vigor dentro de 20 días. Esta nueva Ley Orgánica deroga la LOMCE y también modifica la LOE incorporando muchos cambios en el conjunto del sistema educativo español, de acuerdo con el perfil ideológico del gobierno de coalición actual.

No entraremos a valorar la ley en sus términos ideológicos o cuestiones generales, esto lo dejamos para otra ocasión. Solo queremos analizar y reflexionar sobre las modificaciones e innovaciones que afectan a las enseñanzas de Música que se imparten en escuelas de música y conservatorios.

La verdad sea dicha, encontramos una primera cuestión positiva: La Ley se ocupa de nuestras enseñanzas y realiza algunas mejoras de gran interés que suponen claramente un avance, aunque también es verdad que hubiéramos deseado bastante más ambición en sus términos. Pero nos han tenido en cuenta y esto se agradece.

Vayamos por partes y desde el principio. La LOMLOE incorpora un Artículo 5bis denominado “La educación no formal” que expone textualmente:

“La educación no formal, en el marco de una cultura del aprendizaje a lo largo de la vida, comprenderá todas aquellas actividades, medios y ámbitos de educación que se desarrollan fuera de la educación formal y que se dirigen a personas de cualquier edad, con especial interés en la infancia y la juventud, que tienen valor educativo en sí mismos y han sido organizados expresamente para satisfacer objetivos educativos en diversos ámbitos de la vida social tales como la capacitación personal, la promoción de valores comunitarios, la animación sociocultural, la participación social, la mejora de las condiciones de vida, artística, tecnológica, lúdica o deportiva, entre otros. Se promoverá la articulación y la complementariedad de la educación formal y no formal con el propósito de que ésta contribuya a la adquisición de competencias para un pleno desarrollo de la personalidad.»

Aquí tenemos una primera innovación interesante, la inclusión dentro de la Ley de un nuevo paradigma que viene a reforzar y concretar “el aprendizaje a lo largo de la vida” que incluyó la LOE en el 2006. Un avance interesante en la definición y en la concreción de este derecho educativo.

Al leer este artículo, uno no puede más que acordarse de las sociedades musicales valencianas (y españolas) y sus escuelas de música. Parece ser que quien lo ha redactado pensaba en nosotros.

Deberemos estar atentos para que tanto el Ministerio de Educación como las administraciones educativas cumplan con el mandato del legislador: “… la articulación y la complementariedad de la educación formal y no formal con el propósito de que ésta contribuya a la adquisición de competencias para un pleno desarrollo de la personalidad”.

Aquí se nos ocurren muchas acciones. Además, en el caso de la Comunitat Valenciana, con la impresionante red de sociedades musicales y escuelas de música, las posibilidades son enormes en terrenos como la acreditación de competencias profesionales y la mejora del aprendizaje de amplias capas de población. En definitiva, una gran oportunidad.

Seguimos. Otra medida que nos ha gustado mucho ha sido la nueva regulación del Título de Bachiller para el alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas de Música y las materias comunes del Bachillerato. Ahora se dice claramente que los alumnos que obtengan este Bachiller lo harán en la modalidad del Bachillerato en Artes. Ésta es la mejora. Simple y efectiva.

Este tipo de Bachillerato ya se implantó en 1990 con la LOGSE, pero tenía un problema por su indefinición. Era una especie de “pegote”, no era una modalidad propiamente dicha y planteaba problemas para aquellos que lo tenían y decidían no cursar las enseñanzas superiores o ir a la Universidad. De hecho, solo lo cursaban aquellos alumnos que estaban muy convencidos de seguir los estudios superiores de música en un conservatorio superior. A la mínima duda, el alumnado se decantaba por otra modalidad de Bachillerato con el consiguiente exceso de carga lectiva, doce horas más. Para salir corriendo.

Ahora ya no es así. Esta medida provocará directamente una mayor confianza del alumnado y de sus familias, facilitará también la comprensión de esta modalidad dentro del sistema educativo (¡las veces que tuve que explicar a muchos directores de Instituto este tipo de bachillerato cuando era yo director de un conservatorio profesional!). Y sobre todo facilitará a nuestro alumnado el acceso a otros itinerarios formativos superiores. Y no solo eso, también se incrementa el prestigio de nuestros conservatorios profesionales cuyas enseñanzas son homologables ahora a las del Bachillerato, algo que puede ser poco comprendido entre el sector, siempre proclive a sentirse “diferente”.

Siguiendo con las enseñanzas profesionales de música, se recupera el nombre de Título Profesional de Música, se pierde por el camino la mención “al Título de Técnico correspondiente”.

Con toda seguridad será bien recibido por el sector, a quien el título de “técnico” no le entusiasmaba por su analogía con la formación profesional. Y ya se sabe, somos artistas que nos consideramos diferentes, lo de mezclarnos con los la FP no es lo nuestro. Pero no lo tengo claro. Confieso que siempre me gustó lo del título de técnico de la LOMCE, entre otras cosas porque nuestro título profesional ha estado en una especie de terreno de nadie, sin prácticamente ninguna validez, bastante desprestigiado y desconectado dentro del sistema educativo. Por eso, el acercamiento a la formación profesional, con el prestigio e implantación que están paulatinamente obteniendo estas enseñanzas dentro del sistema educativo y de la sociedad en general es una oportunidad. Esperemos a ver.

Y finalmente las menciones a las Enseñanzas Superiores de Música. La primera de ellas muy buena, “blindando” la denominación de Grado para nuestras enseñanzas superiores en el marco de la Ley Orgánica:

«El alumnado que haya superado los estudios superiores de Música o de Danza obtendrá el Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música o Danza en la especialidad que corresponda, que será equivalente, a todos los efectos, al título universitario de Grado. Siempre que la normativa aplicable exija estar en posesión del título universitario de Grado, se entenderá que cumple este requisito quien esté en posesión del Título de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores de Música o Danza.»

Por fin. Otra normalización que era necesaria después de la pérdida de esta denominación por sentencia judicial. En aquella ocasión, los reales decretos que regulaban las enseñanzas mínimas hablaban de Grado, pero no la Ley Orgánica. Ahora esto se subsana.

Y una sorpresa. La Disposición Adicional novena dedicada a la Regulación de las Enseñanzas Artísticas Superiores:

“En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, al Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas y oído el Consejo de Universidades, presentará una propuesta normativa para la regulación de las condiciones básicas para la organización de las enseñanzas artísticas superiores previstas en el artículo 58, además de las que se refieren a las titulaciones y a los requisitos del profesorado derivados de las condiciones de inserción de estas enseñanzas en el marco de la educación superior. Del mismo modo, el Gobierno incluirá en dicha propuesta la organización y las equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales y su relación con el Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.”

Se trata de un anuncio que pretende una regulación específica de nuestras enseñanzas. Habla de una “propuesta normativa”, un término como mínimo algo nebuloso. ¿Hablamos de un Real Decreto de carácter básico? ¿O de una norma de rango menor? ¿Por qué no abordarlo en esta misma Ley? Mejor oportunidad imposible. Otra vez con aquello de sentirnos “diferentes”. Me recuerda al lema franquista de Spain is different para justificar una dictadura en el seno de Europa a finales del siglo XX. Pues lo mismo, mejor ser normales y no tan diferentes.

Además, corremos el peligro de que esta disposición quede durmiendo “el sueño de los justos”; antecedentes tenemos. Y si no, miremos lo que está ocurriendo con el requisito de la formación pedagógica y didáctica para las enseñanzas profesionales: Se reguló en el 2006 y, catorce años después, nada de nada. Por no mentar lo que tardamos en publicar los temarios para el ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, la friolera de 25 años sin poder organizar procedimientos selectivos por no tener una “simple” orden ministerial. Esperemos que esta vez no sea así.

Dicho esto, la disposición adicional tiene su miga. El profesorado puede salir beneficiado muy claramente ya que se abre la puerta a la mejora de su categoría profesional y de su nivel retributivo. No tardarán las organizaciones que aglutinan al profesorado a solicitar un estatus más elevado, el Cuerpo de Catedráticos de Música imparte enseñanzas de Grado y Máster, muchos de ellos/as son doctores, no tiene sentido que sigan en el nivel 26 al igual que los catedráticos de Instituto. Y si las administraciones no entran en “razón”, el sendero judicial puede ser bastante favorable.

También la inclusión de las enseñanzas profesionales dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, tal como manifestamos más arriba, es el camino más interesante para estas enseñanzas que, una vez ganada la modalidad de Bachillerato en Artes, se podrán beneficiar además de todo lo que supone ir de la mano de la formación profesional.

En definitiva, encontramos medidas muy interesantes y hay que valorar y agradecer el interés por ocuparse y mejorar nuestras enseñanzas. Pero los que somos ya viejos en estas lides y conocemos la evolución de nuestras enseñanzas sabemos que uno de nuestros problemas históricos es el débil impulso normativo que hemos padecido desde siempre, algo que no ocurre con las enseñanzas generales. Una desatención que ha venido socavando la calidad y la actualización permanente de las enseñanzas regladas de Música.

Trabajo tienen los responsables de la ordenación de las enseñanzas de música en el Ministerio de Educación. Confiemos también en el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, a ver si se reúne con más frecuencia y puede ser un elemento que impulse estas reformas necesarias.

Feliz 2021

Manuel Tomás Ludeña

Vistas: 46